El proyecto de ley busca regular este tipo de empresas (también llamadas “empresas del cuarto sector” de la economía), con el fin de darles certeza jurídica para operar, frente a la sociedad y los inversionistas. Esto es necesario para reconocer aquellos agentes económicos cuya génesis se basa en su misión o propósito social y/o ambiental; además para entregar mecanismos a quienes decidan formar estas sociedades para que esta misión e impacto puedan prosperar en el tiempo.
Esta ley permite exigir legalmente el cumplimiento del propósito declarado en los estatutos de la empresa, el que deberá tener un impacto social o ambiental definido por los propios miembros de la empresa.
Además, la Ley entrega un marco normativo para que las empresas cumplan con dichos objetivos, debiendo presentar una vez al año un reporte de sostenibilidad donde detallen los medios y el cumplimiento de sus objetivos sociales y ambientales, reporte que deberá estar disponible y de acceso público y gratuito. Sin embargo, la ley no regula el manejo de los activos de la sociedad o la distribución de utilidades.
Si bien no otorga ningún beneficio impositivo, el objetivo principal es identificar, reconocer y promover a los emprendimientos de impacto social y ambiental. Los diversos beneficios surgirán del mercado y/o de políticas que el Estado pueda implementar a través de programas de compras públicas preferenciales, facilidades de acceso al crédito o a fondos, etc.
Las empresas de Triple Impacto hoy funcionan como organizaciones sin fines de lucro o sociedades comerciales, sin tener ninguna de estas formas jurídicas, y es por eso que la aprobación de la Ley BIC será un avance fundamental.
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